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La ANLA decidió evaluar y tramitar la modificación a la obligación de tierras a favor de ENEL COLOMBIA

El Auto 11844 del 30 de diciembre de 2022, se produjo en total reserva, sin la debida publicidad que deben tener las decisiones administrativas y representa un retroceso en el derecho a la restitución productiva del departamento del Huila

La ANLA decidió evaluar y tramitar la modificación a la obligación de tierras a favor de ENEL COLOMBIA

El pasado 30 de diciembre del 2022, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) emitió el Auto11844 en el marco del seguimiento a la licencia ambiental de El Quimbo, en donde declaró procedente evaluar la “modificación-ajuste No. 003 al Documento de Cooperación” que busca cambiar la obligación que tiene ENEL COLOMBIA de adecuar 2.700 has con distrito de riego por gravedad, a cambio de la entrega de CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($42.500.000,00) a 427 personas censadas por la compañía como residentes no propietarios.

En respuesta a la decisión administrativa, Asoquimbo le solicitó a la ANLA NO APROBAR la “modificación” 003 del 21 de julio de 2022 y garantizar de manera oportuna, efectiva y eficaz el derecho al acceso a la información ambiental y la participación, en concordancia con Acuerdo de Escazú ratificado por el Gobierno Nacional.

El Auto 11844 desconoce que la esencia de la obligación es restituir la actividad productiva que se perdió en el área de influencia directa del proyecto y que está estimada en una pérdida de 25.569 toneladas de productos agrícolas, equivalentes a más de 32 mil millones de pesos, de acuerdo con lo sustentado por la Gobernación del Huila en la Audiencia Pública Ambiental del año 2016. Es considerada una de las obligaciones más importantes debido a que fue una condición para el otorgamiento de la licencia ambiental.

A pesar de lo anterior, la autoridad ambiental ignoró el conjunto de pronunciamientos y reuniones sostenidas con Asoquimbo y la Gobernación del Huila en las que se presentó el rechazo a la modificación de la obligación. Se burló de las comunidades con los supuestos “espacios de participación ampliada” que no atendieron de fondo las problemáticas pero que fueron instrumentalizados para legitimar una aparente concertación con relación a la modificación.

La ANLA, tan sólo soportó su decisión en siete (7) comunicaciones escritas, en su mayoría provenientes de ENEL COLOMBIA, accediendo a la falacia de la “inviabilidad” de adecuar con riego por gravedad las tierras. Los análisis, conceptos técnicos, informes y actuaciones que han realizado los órganos de control, las entidades del Estado y las comunidades en donde se concluye que existe viabilidad técnica y disponibilidad del recurso hídrico para el cumplimiento de la adecuación del riego por gravedad, fueron totalmente desconocidos.

Lo más grave es que, aunque la ANLA reconoce que el procedimiento ordinario para las modificaciones no permite tramitar la solicitud de la empresa, decide adelantarla a través del “ajuste vía seguimiento”, impidiendo la participación de terceros y poniendo una vez más la gestión de la entidad pública al servicio de los intereses privados.

Adicionalmente, pretende anular la decisión del Gobierno Departamental (suscriptor del acuerdo) de no firmar la modificación y sustituirla por un aval del año 2018, que por el contrario perseguía el cumplimiento integral de la adecuación de las 2.700 has.

En el Auto se propone homologar la adecuación de tierras a cambio de los recursos entregados por ENEL COLOMBIA a los residentes no propietarios, en el marco de la “estrategia emprendedores con energía”; esto quiere decir, que el dinero entregado en el año 2013 como medida de compensación a las personas que fueron afectadas por la represa se presente como el cumplimiento de la obligación.

Finalmente, desconoce la legislación colombiana en materia de reforma agraria al señalar como responsable a ENEL COLOMBIA de la identificación y selección de los adjudicatarios de las tierras, cuando la selección de los beneficiarios es competencia exclusiva de la Agencia Nacional de Tierras.

Conozca aquí la comunicación enviada por Asoquimbo con los argumentos, consideraciones y soportes.

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Asoquimbo

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