El Consejo de Estado tiene previsto para el 5 de mayo de 2021 la realización de la Audiencia de Pruebas en el marco de la Demanda de Nulidad de la Licencia Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, a través de La plataforma Zoom.
La demanda interpuesta hace siete años por el Centro de Estudios para la Justicia Social “Tierra Digna” y la Asociación de Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico el Quimbo – ASOQUIMBO, tiene como propósito demostrar las irregularidades en el proceso de licenciamiento ambiental cuyo beneficiario ha sido la empresa Enel-Emgesa (Resolución No.0899 de 2009) bajo los cargos de “Falsa Motivación, expedición irregular y violación de ley sustancial”.
La Audiencia de Pruebas
Durante esta etapa procesal se incorporarán las pruebas documentales y testimoniales decretadas en la Audiencia Inicial del proceso judicial por parte del Magistrado. En materia documental, el expediente de la ANLA 4090, los expedientes del Ministerio de Ambiente, la CAM, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y un documento de XM (empresa especializada en el mercado de energía mayorista).
En cuanto a las pruebas testimoniales, el Consejo de Estado ha citado a tres expertos en temas ambientales del país: Manuel Rodríguez Becerra, ingeniero civil de la Universidad de los Andes, magister en administración pública de la Universidad de Oxford, primer ministro de Medio Ambiente en Colombia, quien ha sido un defensor del principio de prevención y precaución ambiental en la política ambiental Colombiana; Julio Carrizosa Umaña, ingeniero civil de la Universidad Nacional de Colombia, Magíster en administración de la Universidad de Harvard, profesor en temas ambientales en Colombia, ex director del Inderena al momento de la creación del código de recursos naturales y organizador del equipo legal que codificó dicha reglamentación en Colombia, y finalmente, Julio Fierro, geólogo y magister en geotecnia, miembro del Grupo de Investigación Terrae, Asesor en políticas ambientales del Ministerio de Ambiente y de la Contraloría General de la República y consultor externo de la Gobernación del Huila para el año 2016 sobre situaciones de riesgo y estabilidad de la represa el Quimbo. Por la parte demandada, se citó a Víctor Hugo Ángel Rojas cómo testigo de Emgesa quien para el año 2016 era el director social y ambiental del Quimbo.
Los sujetos procesales, tanto autores de la demanda, Coadyuvantes y demandados, tendrán la oportunidad de realizar preguntas a los respectivos testigos. Durante el desarrollo de la audiencia el Consejero escuchará y analizará los testimonios y pruebas documentales, con la finalidad de obtener mayores argumentos relacionados con la política ambiental y energética colombiana para analizar las irregularidades formuladas en la demanda, que plantea a la justicia colombiana en cabeza de esta alta corte el gran dilema entre una visión del derecho y de una política de licenciamiento ambiental que privilegia el desarrollo económico, la economía y celeridad procesal vs. la prevalencia del principio de prevención y precaución ambiental donde debe primar la protección de los recursos culturales y naturales de la Nación.
Cargos de la Demanda de Nulidad
Primero, Falsa Motivación, se sustenta principalmente en el desconocimiento, por parte de la entonces Dirección de Licencias, permisos y trámites del Ministerio del Diagnóstico Ambiental de Alternativas y, particularmente, del concepto 147/1997 expedido por el Ministerio de Medio Ambiente que había determinado que ninguna de las alternativas presentadas en 1997 para la construcción del PH El Quimbo eran viables por su alto impacto para el desarrollo agrícola de la región, el cual era insustituible dado que se iban a inundar las mejores y más productivas tierras de la región del Huila.
Segundo, Expedición irregular, está fundamentado en el desconocimiento de las formalidades, procedimientos y trámites establecidos por la ley para sustraer una reserva forestal que protege un ecosistema de alta vulnerabilidad cómo lo era la zona de inundación de la represa el Quimbo. En este caso se hizo una indebida Sustracción de la Reserva Forestal Protectora de la Amazonía sin realizarse de manera previa y en un acto administrativo distinto.
Tercero, violación de ley sustancial debido a una interpretación y/o aplicación errónea del marco jurídico aplicable dentro del procedimiento de expedición de la licencia ambiental en materia de impactos ambientales, económicos y culturales del proyecto no se cumplieron con los requisitos mínimos que la ley exige para este tipo de proyectos, cómo lo fueron los estudios de vulnerabilidad y riesgo ante situaciones cómo fallas sísmicas en la zona y los estudios sociales suficientes para determinar la viabilidad de los reasentamientos antes de otorgar la licencia ambiental en 2009. Siendo requisitos fundamentales y elementos centrales para analizar por parte de una autoridad ambiental como el ANLA la viabilidad de otorgar una licencia ambiental para un proyecto económico de esta magnitud.
Principales afectaciones y amenazas derivadas del irregular proceso de licenciamiento.
La Represa de El Quimbo ha generado graves daños económicos, sociales y ambientales en el departamento del Huila que habían sido advertidas previo al otorgamiento de la licencia ambiental y que vienen siendo denunciadas durante la ejecución del proyecto.
En diciembre de 2020, la Contraloría General de la República publicó el “Informe de Auditoría de Cumplimiento de las Obligaciones Ambientales Establecidas por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- al Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo” en el que concluye que “como resultado de esta auditoría de cumplimiento, constituyó dieciocho (18) hallazgos administrativos, todos con presunta incidencia disciplinaria y cuatro (4) con presunta incidencia penal” y en su contenido describe problemas estrechamente ligados con los cargos que hacen parte de la demanda de nulidad.
1. Destrucción de las cadenas productivas y desplazamiento de miles de campesinos:
Durante el proceso de construcción de esta represa se conoció y denunció que más de 28.000 campesinos fueron afectados y desplazados de sus tierras perdiendo su sustento diario para vivir.
Esta grave situación se dio en razón a la inundación de más de las 8.586 hectáreas, de las cuales 5.300 hectáreas se encontraban en alta producción, siendo uno de los encadenamientos productivos más importantes del Huila con una producción agrícola de un volumen anual de 30.381 toneladas en cultivos de café, sorgo, tabaco, maíz y arroz etc. y 2.710 toneladas en producción pecuaria, las cuales generaban unas utilidades anuales al departamento que rondan los 33.000.000.000$COL[1]Además, proporcionaban trabajo y sustento a más de 12.000 personas.
El encadenamiento productivo nunca se sustituyó, situación que era previsible desde el año 1997 cuando el Ministerio de Agricultura conceptuó que no era viable inundar esas tierras ya que no se podría restituir la producción agrícola. De acuerdo con el informe de la Contraloría hasta la fecha faltan más de 2.700 hectáreas por restituir de las más de 5.200 que estaban tanto el gobierno como Enel-Emgesa obligados a cumplir según la Licencia Ambiental.
2. Falla geológica y grietas en la presa ponen el riesgo la vida de miles de personas
Desde antes de iniciar el llenado de esta represa en el año 2013 se había advertido tanto por la Contraloría General de la República, cómo de otras instituciones de la existencia de fallas geológicas activas que serían alteradas por actividades de sismicidad inducida colocando en alto riesgo a poblaciones de las riberas del río Magdalena. Dichas actividades no han sido estudiadas desde hace más de 25 años y el último registro que se tiene de temblores y sismicidad en la zona de la represa reportado por ENEL es de 1995. Además, no se cuenta con plan de contingencia, vulnerabilidad y riesgo en caso de un desastre ambiental.
La Contraloría General de la República en diciembre de 2020 confirmó la GRAVEDAD de esta situación al señalar que en los últimos años se ha incrementado la actividad sísmica en la zona, se han registrado graves filtraciones en la infraestructura de la represa y se han presentado graves inundaciones en el área del embalse. En consecuencia, se reafirma un ALTO riesgo para la población y la Nación lo que demanda de inmediato la toma de medidas URGENTES frente a un posible evento sísmico catastrófico sin precedentes que ocasionaría daños irreparables a los ecosistemas del río magdalena, a la región, dejando más de 5 millones de víctimas según cifras estimadas por la academia Colombiana.
3. Contaminación del Rio Magdalena y la Destrucción de la Pesca Artesanal
Con la construcción de la represa de El Quimbo, el Rio Magdalena ha sufrido grave contaminación ambiental, obligando a la empresa a instalar un sistema de oxigenación artificial por la falta de previsión y capacidad técnica durante el proceso de licenciamiento.
Según confirmó el estudio de la Contraloría, el impacto sobre el río magdalena es GRAVE y SIN PRECEDENTES, dado que el mecanismo de oxigenación artificial que Enel-Emgesa instaló es insuficiente para garantizar la sobrevivencia de especies subacuáticas y NO cumple con los estándares normativos exigidos en Colombia. Esta situación ha llevado a que la calidad el agua del río magdalena sea deficiente, la regulación climática cambie y la calidad de aire se deteriore, afectando todos los servicios ecosistémicos que aporta esta cuenca tan importante para la alimentación de miles de pescadores artesanales en el país y poniendo en peligro la salud humana de las familias que habitan en la zona de influencia directa de la represa.
***
Las irregularidades e incumplimientos de Enel- Emgesa han sido registradas durante 12 años por Asoquimbo en diferentes estudios que han sustentado acciones judiciales y de movilización social argumentada y han sido reconocidos por organismos tales como Defensoría del Pueblo, Contraloría General de la República, Procuraduría de la Nación, Corte Constitucional, Comisión Internacional de Juristas, entre otros. Sin embargo, las instituciones responsables de garantizar la preservación de los derechos de las víctimas no han actuado como corresponde a sus competencias que como en el caso de la ANLA, al ampliar los plazos establecidos en la Licencia para el cumplimiento de las obligaciones y modificarla reiteradamente han favorecido a la transnacional Enel Emgesa, cuyas consecuencias han sido la negación al derecho al trabajo, a tierras, a la educación, a la salud y a un ambiente sano de las poblaciones víctimas del supuesto desarrollo y las graves afectaciones al Patrimonio Económico, Cultural y Ambiental del Departamento del Huila.
Mientras la represa El Quimbo se construyó a partir del despojo, el desplazamiento, la profundización de la miseria de miles de víctimas y la destrucción de la actividad productiva, los ecosistemas y los Bienes Naturales y Culturales Comunes, sin el cumplimiento de las obligaciones mínimas de compensación de las poblaciones y los huilenses, el gerente de Enel Colombia, Lucio Rubio, se ufana con cinismo a declarar que la empresa que dirige “reportó en su balance del año 2020, (época de pandemia) ingresos operacionales por más de $4,2 billones, 4,6% más que los registrados en 2019, que fueron de $4 billones”. Agrega que “durante el año, la compañía tuvo el 20,2% de participación en la generación de energía de Colombia, posicionándose como el segundo generador y comercializador de energía eléctrica”[2]. Cabe recordar que la compañía tiene ingresos adicionales provenientes del “cargo por confiabilidad” que pagamos todos los colombianos en la facturación por consumo de energía y por acceder al mercado carbono bajo el supuesto de estar contribuyendo a la protección ambiental.
Asoquimbo y Tierra Digna esperan que el Consejo de Estado adopte decisiones de fondo sobre la grave situación que están generando los irregulares procesos de licenciamiento ambiental en Colombia ante estos megaproyectos, cómo el caso de la represa del Quimbo que hoy pone en riesgo la vida de miles de personas y ya ha desplazado de sus tierras a otras miles. Por eso, esperamos que con fundamento en derecho se tomen medidas estructurales para proteger el interés general de la Nación pero esta vez buscando prevenir graves desastres ambientales y sociales, aplicando los principios de prevención y precaución ambiental contenidos en nuestra constitución
Estamos seguros de que a nivel social ante las inocultables irregularidades en el proceso de licenciamiento de esta represa daremos un paso más para ayudar a las miles de familias campesinas desplazadas, sin tierras y que hoy viven ante una grave incertidumbre ambiental con esta represa que pone en riesgo su propia vida. Sólo así será posible prevenir mayores desastres económicos, sociales y ambientales para los habitantes de la zona centro del Huila, proteger la vida de miles de colombianos y allanar el camino hacia la justicia socioambiental del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo.
Auto de Fijación de la Audiencia de Pruebas
[1]Información disponible en: http://www.proyectoelquimboemgesa.com.co/site/Portals/0/documents/Estudio_de_impacto_ambiental.pdf
[2]https://www.valoraanalitik.com/2021/02/25/enel-emgesa-cerro-2020-con-mayores-ingresos-operacionales-positivo-para-geb/